Respuesta a mis dudas sobre el artículo 90.4.

Ya en su día planteé mis dudas sobre el artículo 90.4 de la LPI en este blog. Tras conocer las declaraciones de Carlos Sánchez Almeida aparecidas en el diario El Mundo, en las que decía que dicho artículo podría abrir las puertas a un canon en Internet por el uso de las redes P2P, me he puesto en contacto con otro abogado experto en Propiedad Intelectual, y parte de las dudas más o menos se me han resuelto.

Este artículo resulta que tuvo mucha discusión en el debate de la pasada reforma de la ley, pero al parecer hacía donde iba dirigido más bien era a páginas webs del tipo Pixbox en lo que se refiere a Internet, según este abogado, al que las declaraciones de su compañero de profesión le han resultado muy sorprendentes, aparte de por lo que supone en si la posibilidad del cobro de un canon a Internet, por ser un reconocimiento implícito de que en las redes P2P se realiza una puesta a disposición de las obras por parte de un abogado que siempre ha apostado por su legalidad.

Yo, sin embargo, sigo sin entender cómo se puede seguir afirmando algo así .

 

02/11/2006 18:44

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