Preocupante sentencia en Bilbao a favor del canon.

Vía meneame, descubro que en Bilbao un juez ha sentenciado en contra de la demanda de un ciudadano que pedía la devolución del canon de un par de CDs. El artículo enlazado en meneame es éste de Libertad Digital.

Según este juez, no importa que el CD se destine a grabar actas judiciales, contradiciendo sentencias de compañeros suyos que sí le dieron más importancia; la clave está en la idoneidad del soporte para poder reproducir obras culturales.

Pero lo más preocupante de todo es que la noticia afirma que según el juez “cualquier comprador de un disco o película puede hacer legítimamente una copia para su uso privado y que los autores han renunciado, mediante un sistema de compensación que es la remuneración por copia privada o canon, a impedir técnicamente esa posibilidad. Por ello, dice el magistrado, existe el derecho de remuneración que asiste a todo autor respecto a los soportes "idóneos", con carácter general, tal y como dispone la ley”. Remarco en negrita que es la noticia la que lo dice, porque desde Libertad Digital citan a la agencia Europa Press que asegura haber tenido acceso a la sentencia, pero no se entrecomilla nada ni se ha publicado ninguna copia de la misma, así que a saber si realmente se dice eso en la sentencia o a saber como han interpretado en la agencia Europa Press lo escrito en ella.

A estas alturas cuando se afirman ciertas cosas yo ya dudo de todo.

Por otro lado, los autores no se si han renunciado a impedir las copias de sus obras a los ciudadanos, lo que sí se es que los que finalmente se adueñan de la mayor parte de sus derechos creo que si pudieran la impedirían. También se que el comprador de una obra sólo puede hacer una copia de seguridad de la misma (me duelen las manos ya de teclearlo) e imponer un canon a esa actividad es un sinsentido, un absurdo. No es necesario haber comprado el original para que puedas hacer una copia de la obra, ni siquiera se exige que sea a partir de un original. Sólo se pide que, aparte de ser para uso privado y sin ánimo de lucro, se acceda legalmente a la obra, es decir, que no se emplee ninguna herramienta ilegal para llevar a cabo dicho acceso.

 

Muy preocupante si se confirma que un juez ha hablado de la copia privada en los mismos términos que las entidades de gestión, la cuales, de manera interesada tergiversan la redacción de la ley para manipularla a favor de sus intereses, intentando reducir nuestro derecho a acceder a la cultura a través de la copia a simplemente poder asegurarnos a no perder la obra si se nos estropea el original.

Tras esto, no quiero decir nada sobre otras noticias recientes gravísimas, porque nunca me llegó a quedar claro que ese nexo entre la SGAE y los jueces quedara demostrado con esos documentos. Aun no término de creérmelo, ni quiero creérmelo...

15/04/2007 21:25

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